La defensa del derecho al patrimonio cultural desde el Tribunal Constitucional
Fecha
Tipo
artículo original
Autores
Solís Fallas, Alex
Título de la revista
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Editor
Universidad de Costa Rica
Resumen
Descripción
The Constitutional Court’s role has been crucial for the recognition, development and protection of cultural heritage as a fundamental right in Costa Rica. In the legal world, it is not of much value to recognize rights, if sanctions and courts of justice are not set parallel in case of their violation. “¡Where there is not remedy, there is not right!”. Following this logic, the Constitutional Court has stated that the right to cultural heritage is a “third generation fundamental right.” This means, among other things, that the State has an obligation not only to ensure compliance, by force if necessary, but also to adopt public policies for its development and enjoyment of the people.
El papel del Tribunal Constitucional ha sido determinante para el reconocimiento, desarrollo y protección del patrimonio cultural como un derecho fundamental en Costa Rica. En el mundo jurídico no sirve de mucho reconocer derechos si, paralelamente, no se establecen sanciones y tribunales de justicia para el caso de su violación. “¡Where there is not remedy, there is not rigth!”.Siguiendo esta lógica, dicho Tribunal ha declarado que el derecho al patrimonio cultural constituye un “derecho fundamental de tercera generación”. Esto implica, entre otras cosas, que el Estado tiene la obligación no solo de garantizar su cumplimiento, por la fuerza si es necesario sino, también, la de adoptar políticas públicas para su desarrollo y goce de las personas.
El papel del Tribunal Constitucional ha sido determinante para el reconocimiento, desarrollo y protección del patrimonio cultural como un derecho fundamental en Costa Rica. En el mundo jurídico no sirve de mucho reconocer derechos si, paralelamente, no se establecen sanciones y tribunales de justicia para el caso de su violación. “¡Where there is not remedy, there is not rigth!”.Siguiendo esta lógica, dicho Tribunal ha declarado que el derecho al patrimonio cultural constituye un “derecho fundamental de tercera generación”. Esto implica, entre otras cosas, que el Estado tiene la obligación no solo de garantizar su cumplimiento, por la fuerza si es necesario sino, también, la de adoptar políticas públicas para su desarrollo y goce de las personas.
Palabras clave
right, historic heritage, constitutional court, making value, responsibility, derecho, patrimonio histórico, tribunal constitucional, puesta en valor, responsabilidad