Diagnóstico de Legislación: Plan Regulador Montes de Oca

Fecha

2001-04

Tipo

informe

Autores

Pujol Mesalles, Rosendo
Zamora González, Luis Manuel
Borja Rodríguez, Alicia
Mata Quesada, Cristian
Saborío Coto, Esteban
Chaves Garro, Arturo
Campos Salas, José Antonio
Salas Fallas, Marisol
Rodríguez Romero, Haydeé

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Resumen

En virtud del principio de legalidad y seguridad jurídica que deben contener las actuaciones administrativas, el Plan Regulador de Montes de Oca debe cumplir con la normativa expresada en la Ley de Planificación Urbana y demás normas atinentes al control del desarrollo urbano. En este orden de ideas, a través del proceso participativo implementado por el Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible (ProDUS), han surgido una serie de interrogantes por parte de los ciudadanos del cantón de Montes de Oca relacionadas directamente en responder ¿hasta donde llega la competencia y la autoridad del gobierno municipal para regular y controlar a través del Plan Regulador las distintas problemáticas que viven los habitantes del cantón? En este sentido los análisis legales van dirigidos en determinar si existe competencia para regular o controlar ciertas actividades. Aunado a lo anterior, se puede afirmar que no todas las actividades pueden ser regladas por el Plan Regulador, ya que las mismas por imperativo de la ley deben sujetarse a la ley especial. Ejemplo de lo anterior es el tema de Licores, ya que específicamente el artículo 81 del Código Municipal establece que la licencia de venta de licores se rige por ley especial, leyes que regulan el otorgamiento, la distancia y el horario; sin embargo el Plan Regulador si tiene competencia para reglar por medio del reglamento de zonificación del uso de la tierra. En este orden de ideas lo primordial al emitir las normas y las condiciones del Plan Regulador de Montes de Oca, es estar absolutamente claros de que existe competencia para ello, en aras como se indicó líneas atrás de respetar el principio de legalidad. Es necesario resaltar la jurisprudencia emitida por la Sala Constitucional durante los últimos años en concordancia con el tema de “planificación urbana”, por lo tanto parte de la labor de investigación realizada por el departamento legal del programa es sustentar los criterios legales con sentencias de la Sala Constitucional, con pronunciamientos de la Procuraduría General de la República, con los informes finales de la Defensa de los Habitantes. El Plan Regulador es en definitiva el marco jurídico-normativo, en el caso de marras, específico para el cantón de Montes de Oca que estará conformado por dos partes entrelazadas entre sí, cuales son la parte gráfica y la parte escrita. La primera contiene una serie de planos y de diagramas que definirán los usos de suelo, vías, parques, plazas entre otros. Y el escrito es el conjunto de normas que establecen los términos en que llevará a cabo el desarrollo, así como las estrategias para su implementación. Por lo expuesto, el departamento legal de ProDUS, ha realizado un trabajo de investigación que servirá de soporte para reforzar las normas y condiciones que se emitirán en el Plan Regulador de Montes de Oca, el Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible, no solo cuenta con una compilación de las normas, sentencias, pronunciamiento e informes relacionados con los temas investigados, sino además se cuenta con un extracto de los documentos citados para su rápida ubicación y lectura que sirve como documento de consulta para la parte profesional-técnica.

Descripción

plan regulador -- Universidad de Costa Rica. Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible, 2001

Palabras clave

plan regulador de 1972, informe legal, edificaciones, uso del suelo, San José, Curridabat, Goicoechea, La Unión, servicios públicos y privados, áreas verdes, protección forestal, cementerios, estacionamientos, competencia municipal, planificación urbana, explotación de licores, restricciones a la vida pública, bienes de dominio público

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